Quien solicite la incorporación al Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la rama Industrial, Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales de Gipuzkoa deberá cumplimentar el formulario que a tal efecto se pone a su disposición en la página web del Colegio, debiendo posteriormente traer a la sede el título original y dos fotografías tamaño DNI.
En el supuesto de que estuviese ya incorporado a otro Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la rama Industrial, Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales, bastará con que a su instancia-solicitud acompañe una certificación del Colegio de procedencia, que acredite su situación en activo sin nota alguna desfavorable que lo impidiere en su expediente personal, y estar al corriente en el pago de las cuotas y cargas impuestas a los colegiados.
No obstante lo indicado en el párrafo anterior, El Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la rama Industrial, Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales de Gipuzkoa no exigirá ni la incorporación a este Colegio ni habilitación alguna para ejercer en este Territorio Histórico de Gipuzkoa a los Graduados en Ingeniería de la rama Industrial, Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales que ya estuvieran incorporados a uno solo de los Colegios existentes en el Territorio del Estado, que será el del domicilio profesional único o principal, sin que sea exigible el pago de contraprestaciones económicas distintas de aquellas que este Colegio exija habitualmente a sus colegiados por la prestación de los servicios de los que sean beneficiarios y que no se encuentren cubiertos por la cuota colegial.
Para poder adscribirse al Colegio, el interesado habrá de cumplir con los requisitos establecidos en la Ley referentes al ejercicio de la actividad profesional titulada, que son:
Además de los requisitos anteriores, será preciso para su colegiación que el interesado cumpla con los siguientes:
Una vez se haya presentado la solicitud de ingreso, se le entregará de manera inmediata, un carnet provisional del mismo al interesado.
Dicha solicitud se tramitará por la Secretaría del Colegio. Una vez comprobados los documentos oficiales y los datos requeridos se expedirá por parte del Secretario con el visto bueno del Decano, la certificación de la colegiación del interesado y se remitirá al Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados de la rama industrial de la Ingeniería, Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales de España.
La certificación quedará expedida en el plazo máximo de una semana.
En el supuesto de denegación o suspensión de la incorporación pretendida, la Secretaría del Colegio se lo comunicará al interesado a los efectos oportunos.
El acuerdo denegatorio de la solicitud de colegiación se notificará al interesado en un plazo máximo de (7) siete días hábiles, a contar desde la fecha de adopción del mismo; frente a dicho acuerdo podrá interponerse recurso de alzada por el peticionario ante el Decano del Colegio, en el término de un mes, el cual resolverá y notificará su resolución dentro del plazo de quince días desde su interposición, poniendo fin a la vía administrativa, quedando libre la vía jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, conforme a sus normas reguladoras.
Enlace para Alta de nuevos colegiados: https://cogitig.com/es/solicitud-de-alta