Desde la Oficina Territorial de Industria nos informan que el 1 de julio, se producirán unas modificaciones en el procedimiento de tramitación de las declaraciones responsables de inicio de actividad ante ese departamento.
Las principales modificaciones serán las siguientes:
a) En cumplimiento del artículo 5.1 del Decreto 81/2020, TODAS las declaraciones responsables para la habilitación de empresas en el ámbito de ese Departamento se presentarán por medios EXCLUSIVAMENTE electrónicos.
b) Se realizará mediante presentación en el Registro General Electrónico, aportando únicamente la/las DECLARACIÓN/ES RESPONSABLE/S de las actividades cuyos requisitos se cumplan y se deseen ejercer. Irán dirigidas a la Delegación Territorial de ese Departamento en el territorio en el que se radique la actividad.
c) Por la presentación de la declaración responsable NO se liquidarán tasas, NI se emitirá el certificado de empresa habilitada de forma automática; siendo la forma de acreditar la condición de empresa habilitada la presentación del justificante de registro junto con la declaración responsable presentada.
d) En caso de que la persona que presente la declaración responsable, desee que se le emita un certificado de empresa habilitada, deberá solicitarlo de forma explícita. La emisión de dicho certificado supondrá la liquidación de la correspondiente tasa