ePrivacy and GPDR Cookie Consent by Cookie Consent Acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica. | Acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

BOE - Acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

  • 30/12/2020
  • Ejercicio Libre

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Energía eléctrica

  • Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

 

El capítulo I recoge el objeto y ámbito de aplicación de la norma, así como las definiciones de aplicación a los efectos previstos en la misma.

El capítulo II, por su parte, regula los aspectos generales del procedimiento de obtención de los permisos de acceso y conexión. En concreto, este capítulo concreta la obligación de obtener los permisos, los criterios generales del procedimiento de tramitación, el criterio general para el otorgamiento, las causas de inadmisión de solicitudes y las causas de denegación de los permisos.

El capítulo III recoge el detalle del procedimiento general de otorgamiento de los permisos de acceso y de conexión en lo relativo a su inicio, evaluación de la solicitud, elaboración de la propuesta previa y plazos para su remisión, aceptación por parte del solicitante y emisión de los permisos.

El capítulo IV regula los aspectos relativos al procedimiento abreviado de obtención de los permisos de acceso y de conexión, como son las condiciones del mismo y los casos en los que este podrá ser aplicado, así como los casos concretos que estarán exentos de obtener permisos de acceso y conexión.

El capítulo V regula la posibilidad de convocar, mediante orden de la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, concursos para el otorgamiento de permisos de acceso en nudos concretos de la red de transporte para nuevas instalaciones de generación de energía eléctrica que utilicen fuentes de energía primaria renovable, solas o combinadas con instalaciones de almacenamiento, o para nuevas instalaciones de almacenamiento. El real decreto limita la aplicabilidad de esta medida a nudos donde se libere o aflore capacidad como consecuencia, entre otros, de la caducidad de permisos de acceso por incumplimiento de hitos administrativos a los que se refiere el artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, o de cambios en los criterios técnicos que determinen la capacidad de acceso disponible en la red. Asimismo, esta medida podrá ser aplicada en nudos nuevos que se incluyan en el plan de desarrollo de la red transporte como consecuencia de un nuevo proceso de planificación.

El capítulo VI regula algunos aspectos relativos a los contratos técnicos de acceso que deberán suscribir los titulares de permisos de acceso y de conexión, así como los relativos al contrato de acceso que deberán formalizar los consumidores.

Por último, el capítulo VII regula las garantías económicas que deberán constituirse para poder tramitar la obtención de permisos de acceso y de conexión en el caso de instalaciones de generación de electricidad. Asimismo, se regula la necesidad de realizar pagos como garantía, en el caso de titulares de permisos de acceso y de conexión, cuando sea preciso realizar modificaciones o refuerzos en las redes de transporte o distribución que deban ser ejecutadas por los titulares de dichas redes, pero sufragadas por los titulares de los permisos.

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