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Blog Seguro Profesional - La defensa Jurídica dentro de las Pólizas de Responsabilidad Civil Profesional

  • 16/03/2023
  • Noticias

LA DEFENSA JURÍDICA DENTRO DE LAS PÓLIZAS DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL

En la actualidad son muchas las ocasiones en las que las reclamaciones se judicializan. De este modo, la Defensa Jurídica se constituye como un pilar fundamental dentro de las coberturas y garantías de las Pólizas de Responsabilidad Civil Profesional.

A este respecto, destacar que, dentro del límite de la suma asegurada, y siempre que el objeto de la reclamación esté incluido en las coberturas de la póliza, le corresponde a la Compañía:

  • El pago de indemnizaciones pecuniarias de las que pudiese resultar civilmente responsable el Asegurado por los errores o negligencias cometidas en el ejercicio de su profesión.
  • Los gastos judiciales, la defensa jurídica, y constitución de fianzas.

En este sentido, la Compañía asumirá la dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, y serán de su cuenta los gastos de defensa que se ocasionen. El Asegurado, por su parte, deberá prestar la colaboración necesaria en orden a la dirección jurídica asumida por el Asegurador, en aras a establecer la oportuna estrategia de defensa.

De este modo, es la propia Compañía la que proporciona la defensa a través de sus profesionales. Sin embargo, hay ocasiones en las que los asegurados prefieren nombrar a algún abogado de libre designación, por lo que en estos casos es preciso contar con la previa conformidad de la Compañía, aceptando asimismo someterse a sus normas y baremo de honorarios, y manteniendo puntualmente informada a la Compañía de la evolución del procedimiento. Sin esta aceptación expresa, los gastos de defensa no tendrían cobertura, corriendo a cargo del asegurado que los haya designado de manera particular.

Así las cosas, vamos a plantear a continuación un caso en el que la Compañía designa defensa para ver el alcance de dicha cobertura:

1. ANTECEDENTES

En junio de 2017, un ingeniero técnico recibe el encargo para realizar un Proyecto de Reforma de Acondicionamiento en el interior de un local, Licencia Urbanística y de Apertura.

Durante la realización de dichas obras, se producen una serie de grietas que aparecen tanto en los locales colindantes como en las viviendas superiores del edificio.

El asegurado recibe en 2018 citación para aportar copia de su Póliza de Responsabilidad Civil Profesional en el Juzgado, en el seno de unas Diligencias Preliminares solicitadas por los propietarios afectados, para poder dirigir su reclamación frente a todos los intervinientes en la obra, así como frente a sus respectivas Compañías aseguradoras, de cara a ver satisfechas sus pretensiones.

A pesar de que para dicho trámite no es necesaria la intervención de abogado, a la vista de los daños invocados por estos propietarios, que a priori cuantifican en 98.574,65€, y ante la previsible interposición de demanda, Mapfre designa letrado.

2. EVOLUCIÓN

Tras la exhibición y aportación de póliza en el Juzgado, se formaliza demanda en reclamación de la citada cantidad. El letrado previamente designado por la Compañía se persona en el procedimiento para asumir la defensa del ingeniero técnico y proceder a contestar a la demanda. Paralelamente, también designan perito para analizar el fondo del asunto, y verificar si el asegurado ha incurrido en algún tipo de error o negligencia.

En el curso del procedimiento, en concreto en la Audiencia previa, el Juez insinúa que entiende que la responsabilidad podría recaer tanto en el nuestro ingeniero como en el contratista, por lo que podría existir condena.

Se fija la fecha del juicio, pero en previsión de esa condena, el letrado propone negociar, ofreciendo el 50% junto con el contratista, de la cantidad valorada por nuestro perito y sin las costas del procedimiento.

Revisadas las conclusiones de la pericial, efectivamente se constata la responsabilidad compartida entre nuestro asegurado y el contratista, pero valora los daños en 75.547,90€, por lo que propone abonar el 50% de esta cantidad, asumiendo el contratista el 50% restante.

Finalmente, tras las oportunas negociaciones, se consigue cerrar acuerdo en dicha cantidad, por lo que Mapfre procede al abono de la indemnización por importe de 37.773,95€, evitando de este modo una eventual mayor condena e incluso una imposición de costas de haber continuado con el procedimiento. Abonadas y liquidadas las minutas de los profesionales intervinientes, la Compañía da por terminado el expediente y procede a su cierre.

3. CONCLUSIONES

La situación descrita anteriormente, pone de relieve varios aspectos fundamentales:

  • Debido a la amplitud de atribuciones del ingeniero técnico industrial, lamentablemente los profesionales están expuestos a cometer errores en su actividad, y consecuentemente, a recibir multitud de reclamaciones de clientes o en otros casos de terceros, que puedan verse afectados por su actuación profesional.
  • Como vemos en el supuesto anterior, en ocasiones, las reclamaciones que reciben los ingenieros alcanzan cuantías elevadas y en muchos casos dichas reclamaciones terminan formalizándose en vía judicial, lo que conlleva una profunda preocupación por la situación generada. Ello pone de relieve la importancia de contar con un buen seguro de responsabilidad civil profesional, que evita poner en peligro nuestro propio patrimonio personal.
  • Por otro lado, la Compañía pone a nuestra disposición grandes profesionales en la materia, ya sean abogados o peritos expertos, lo cual supone que estemos amparados ante las reclamaciones y, además, es la propia Compañía quien asume los gastos ocasionados por nuestra defensa.

En definitiva, la Compañía Aseguradora nos protege y pone a nuestro alcance los medios técnicos y legales necesarios para defendernos; y, además, nos presta cobertura económica ante las reclamaciones.